El Supremo Confirma que el Ayuntamiento de Córdoba recupera siete millones en intereses

El Supremo confirma que el Ayuntamiento de Córdoba recupera siete millones de euros en intereses

El Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de la entidad financiera y ha declarado firme la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de 2022, que a su vez confirmaba la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 7. Con este fallo, se declara la nulidad de un préstamo de 3.000.000 de euros, por el cual el Ayuntamiento de Córdoba pagó más de 10.000.000 euros. En esta ocasión, el Ayuntamiento ha sido defendido por el letrado cordobés Rafael López Montes, miembro fundador de RED ABAFI de Abogados y Economistas.

El origen del problema se remonta al año 2007, cuando el Consistorio cordobés firmó un préstamo por importe de 3.000.000 de euros. Sin embargo, desde 2010 las cuotas se dispararon encareciendo de forma desproporcionada el préstamo, hasta llegar a ser una carga absolutamente insostenible. A lo largo de los años, ya se había devuelto más de tres veces el capital inicial. Buscando una solución, el Ayuntamiento recurrió al letrado cordobés Rafael López Montes, perteneciente a una red nacional de expertos en Derecho Bancario. López Montes ya había obtenido una resolución del Tribunal Supremo en 2015 que eliminaba una cláusula hipotecaria abusiva para más de 40.000 familias de Andalucía.

Al examinar el expediente, Rafael López encontró una peculiar fórmula de cálculo de intereses que le generó sospechas sobre la posible inclusión de un producto financiero complicado dentro del propio préstamo. Esta hipótesis se confirmó cuando la entidad financiera respondió al Juzgado. Tras casi dos años de litigio y con la intervención de los peritos José Manuel Pazos y José Manuel Marín, quienes elaboraron un informe económico y técnico sobre la verdadera naturaleza del producto, el Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Córdoba emitió una sentencia el 18 de noviembre de 2021, declarando la nulidad del contrato de préstamo por vicio en el consentimiento.

La entidad financiera presentó un Recurso de Apelación, pero la Audiencia Provincial de Córdoba desestimó el recurso y, en noviembre de 2022, ratificó la resolución de instancia. Confirmó el análisis del derivado financiero de alto riesgo que estaba inserto en la fórmula de cálculo de intereses del préstamo, y concluyó que el equipo municipal que gestionó la firma del préstamo no pudo ser consciente del verdadero riesgo que se estaba asumiendo.

La entidad financiera no se dio por vencida y presentó sendos recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación. Sin embargo, tras casi cinco años de procedimiento, el Tribunal Supremo, en una resolución de 18 de septiembre de 2024, determinó que estos recursos carecían de fundamento y de interés casacional.

En resumen, según el experto de RED ABAFI que ha defendido al Ayuntamiento en todas las instancias, incluyendo el Supremo, el impacto económico de la sentencia será muy significativo. A la retrocesión de las prestaciones hay que sumar los intereses legales, por lo que la cantidad que recuperará el Consistorio podría superar los diez millones de euros.