Guía Completa sobre Derechos y Ayudas Tras el Fallecimiento de un Familiar según Interfunerarias

María MR

En España, frente al fallecimiento de un familiar, existen diversas ayudas y prestaciones disponibles que pueden ofrecer un respiro económico en momentos tan complicados. Sin embargo, como indican expertos del sector funerario, muchas personas desconocen qué derechos tienen hasta que enfrentan esta realidad. Conocer de antemano las ayudas disponibles puede reducir algunas de las preocupaciones durante el duelo.

Interfunerarias, empresa destacada en servicios funerarios, subraya la importancia de las pensiones de viudedad y orfandad, siendo éstas las más reconocidas. Estas prestaciones están dirigidas a cónyuges, parejas de hecho e hijos del difunto, siempre que éste haya estado cotizando al Régimen General de la Seguridad Social por un periodo establecido. La cuantía de estas pensiones se calcula en base a la contribución del fallecido, aunque se garantiza un mínimo asegurado.

Además, existen ayudas menos conocidas para otros familiares. Por ejemplo, nietos, hermanos y ascendientes que hubieran dependido económicamente del fallecido pueden ser beneficiarios de la pensión en favor de familiares. Para ello, deben demostrar haber vivido con el fallecido durante al menos dos años previos a su muerte y no contar con otras fuentes de ingresos.

En aquellos casos donde no se cumplen los requisitos para obtener una pensión, hay subsidios que pueden aliviar las necesidades económicas. Entre ellos están el subsidio en favor de familiares y el subsidio por defunción, que se aplican en situaciones específicas.

Para paliar los gastos del sepelio, está disponible el auxilio por defunción. Aunque se trata de una cantidad modesta, que no alcanza los 50 euros, puede ser de utilidad para algunas familias.

En el contexto de un fallecimiento ocurrido fuera de España, aunque no se ofrecen ayudas económicas directas, las familias sí pueden contar con soporte administrativo. La Oficina Consular correspondiente acude en ayuda para gestionar los trámites necesarios para el traslado del fallecido, aunque los costes deben ser cubiertos por la familia.

Interfunerarias recuerda también que los familiares cercanos al difunto tienen derecho a permisos laborales para hacer frente a la situación. Este permiso es de dos días naturales, ampliable a cuatro si es necesario viajar a otra localidad. Para los empleados del sector público, el estatuto permite tres días de permiso si la muerte ocurre en la misma localidad y hasta seis si se necesita traslado.

Tener conocimiento de estas prestaciones y subsidios puede ser crucial para que las familias planifiquen y enfrenten los retos económicos y logísticos que surgen en momentos de pérdida.