Informe Preliminar de la Oficina de Derechos de Autor sobre la Formación de IA y su Error en el Uso Equitativo

María MR

En la próxima década, la inteligencia artificial generativa podría posicionarse como una de las tecnologías más revolucionarias, comparable a la electricidad y los ordenadores. Sin embargo, este avance trae consigo tanto oportunidades como riesgos. Esto ha llevado a la necesidad de que las respuestas gubernamentales, incluidos nuevos precedentes legales, aborden los posibles daños sin sacrificar los beneficios que esta tecnología puede ofrecer.

Recientemente, la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos publicó un informe preliminar que aborda el uso de obras protegidas por derechos de autor para entrenar a la inteligencia artificial generativa, y sus conclusiones han generado preocupación. El documento sugiere que dicho uso podría considerarse un “uso justo”, pero muchos expertos critican que la Oficina no ha aplicado correctamente los principios de uso justo establecidos previamente, favoreciendo a los propietarios de derechos a expensas de la creatividad y la innovación.

Los sistemas de inteligencia artificial generativa requieren ser alimentados con grandes volúmenes de obras creativas humanas, lo que plantea el desafío de localizar a los titulares de derechos para obtener su autorización. Este proceso es especialmente complicado para pequeñas empresas. Si el entrenamiento de la inteligencia artificial se encuadra dentro de las normas de uso justo, no sería necesaria dicha autorización.

Actualmente, varios casos están siendo discutidos en los tribunales, donde se examina el concepto de uso justo en el entrenamiento de la inteligencia artificial. El juez federal Vince Chhabria está revisando el caso de Kadrey v. Meta Platforms, mientras que el Tercer Circuito también se prepara para abordar cuestiones similares en Thomson Reuters v. Ross Intelligence. La forma en que estos tribunales apliquen la ley a los diferentes usos y tecnologías de inteligencia artificial es crítica.

El informe de la Oficina presenta fallos en su análisis del uso justo. Aunque no es vinculante, tiene el potencial de influir en decisiones judiciales, sobre todo en el caso de Kadrey, donde se insta al tribunal a considerar este análisis. Es esencial que los jueces no se alineen con las conclusiones de la Oficina si estas no son adecuadas.

Los problemas más notables surgen del análisis del uso transformador. Este tipo de uso, que se entiende como el aprovechamiento de obras para fines diferentes a aquellos para los que fueron creadas originalmente, debería ser considerado justo. Sin embargo, el informe parece obviar esta lógica al centrarse en el futuro uso de los modelos generados, en vez de evaluar el proceso de entrenamiento en sí.

Adicionalmente, la teoría sobre el daño al mercado presentada por la Oficina tiene serias deficiencias. Confunde el proceso de entrenamiento con los resultados y se basa en suposiciones sin respaldo en precedentes. Esto podría resultar en una interpretación que favorezca a grandes corporaciones de medios en detrimento de la innovación y la creatividad.

A pesar de un análisis en curso del informe, los primeros indicios indican que la aproximación de la Oficina al uso justo en el contexto de la inteligencia artificial generativa no representa una evaluación objetiva de la ley existente, sino más bien un juicio de políticas que no debería estar bajo la autoridad de un órgano destinado a aplicar la legislación vigente. Los tribunales deberían adherirse a los precedentes establecidos y no sucumbir a las especulaciones de la Oficina de Derechos de Autor en este ámbito.