Mercedes Blanco, vocal de la Comisión de Vivienda de la Cámara de Comercio de Barcelona y CEO de Vecinos Felices Administración de Fincas y Alquileres, ha abordado los recientes cambios normativos en el sector del alquiler en la jornada titulada ‘Derecho Civil Catalán: perspectivas actuales y desafíos en la práctica notarial y jurídica’. Este evento se centró en las repercusiones de las nuevas regulaciones en Cataluña, especialmente en la elaboración de contratos de arrendamiento.
A lo largo del último año y medio, Cataluña ha experimentado un notable incremento en las normas relacionadas con la vivienda, influenciado por la Ley de Vivienda. Esta legislación ha impuesto restricciones sobre los precios de los alquileres y ha estipulado diversas condiciones contractuales, con el objetivo de crear un marco más ordenado tanto para arrendadores como para inquilinos.
Blanco subrayó que es crucial considerar la ubicación de la vivienda al redactar un contrato de arrendamiento. Las propiedades situadas en «zonas de mercado residencial tensionado» deben ser claramente identificadas, dado que esto impacta directamente en la fijación de la renta. Actualmente, el 90% de las poblaciones de Cataluña ha sido declarado como zona tensionada, un hecho significativo en el contexto de los alquileres.
Además de la ubicación, la categoría del arrendador juega un papel fundamental. Los grandes tenedores, que poseen más de diez inmuebles, deben fijar el alquiler de acuerdo con el índice de referencia establecido por el Ministerio de Vivienda. En cambio, los pequeños tenedores tienen más margen de maniobra, permitiéndose un aumento de hasta el 10% en la renta si han realizado mejoras en el inmueble en los dos años anteriores.
La determinación del precio del alquiler ha suscitado amplios debates recientemente. Mientras que los grandes tenedores deben ceñirse estrictamente al índice de referencia, los pequeños tenedores gozan de la flexibilidad de incluir gastos adicionales en el contrato, tales como los correspondientes a la comunidad o el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), siempre respetando límites en su incremento anual.
Es fundamental que los arrendadores comprendan las restricciones asociadas a la fijación de la renta para evitar incluir cláusulas abusivas que puedan ser impugnadas. Además, los contratos deben contemplar una duración mínima de cinco años y ofrecer derechos a los inquilinos, quienes tienen la opción de desistir del contrato después de seis meses, siempre que realicen el preaviso correspondiente.
La jornada resaltó la importancia de que ambas partes conozcan sus derechos y obligaciones para prevenir futuros conflictos, subrayando que la ley prevé mecanismos de protección tanto para arrendadores como para inquilinos.