El Juzgado de Primera Instancia nº 101 bis de Madrid ha emitido una sentencia favorable para los consumidores, tras una demanda presentada por Arriaga Asociados, que declara nula la cláusula IRPH presente en un préstamo hipotecario. El magistrado ha determinado que esta cláusula debía ser sustituida por el Euríbor, al considerar que su inclusión carecía de la transparencia necesaria y ocasionaba un perjuicio significativo para el consumidor. Asimismo, se ha ordenado la devolución de las cantidades cobradas en exceso.
El juzgado destacó que la entidad bancaria no proporcionó suficiente información sobre las características del IRPH, su fórmula de cálculo y sus implicaciones económicas. En particular, el fallo hace énfasis en la falta de explicaciones sobre cómo el IRPH se compara con otros índices, como el Euríbor, así como la omisión de mencionar el diferencial negativo señalado en la Circular 5/1994 del Banco de España. Según el magistrado, la simple inclusión de la definición del IRPH en el contrato o su publicación en el BOE no puede considerarse como una garantía de que el cliente estuviera debidamente informado.
La sentencia subraya que la falta de transparencia en la cláusula ha conducido a su consideración como abusiva, generando un desequilibrio significativo entre los derechos y obligaciones de las partes. El juez criticó la actuación del banco, señalando que no actuó de buena fe y que su comportamiento perjudicó al consumidor. Como resultado, el préstamo hipotecario será referenciado al Euríbor, y el cliente podrá recuperar las sumas pagadas en exceso.
Además, el fallo se alinea con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que establece que, una vez declarada la nulidad de la cláusula, debe consultarse al consumidor sobre si prefiere la anulación total del contrato o la sustitución del IRPH por otro índice. El magistrado reconoció haber ajustado su criterio a raíz de las últimas sentencias del TJUE emitidas en julio de 2023 y diciembre de 2024.
Desde Arriaga Asociados, se expresó confianza en que el Tribunal Supremo mantenga esta línea jurisprudencial en su próxima decisión sobre el IRPH, que se anticipa en las próximas semanas. Este caso pone de manifiesto la relevancia de la transparencia y la claridad en los contratos financieros, en consonancia con la protección de los derechos de los consumidores.





