Arriaga Asociados Logra Nueva Sentencia Favorable en el Caso del IRPH

Arriaga Asociados obtiene una nueva sentencia estimatoria sobre el IRPH

El Juzgado de Primera Instancia nº 101 bis de Madrid ha emitido el 20 de octubre de 2025 una sentencia que anula una cláusula de IRPH en una hipoteca, utilizando como base la falta de transparencia del banco hacia su cliente, representado por el despacho Arriaga Asociados.

En la resolución, el magistrado destaca que la entidad bancaria no proporcionó la información adecuada al prestatario, lo que llevó a un «desequilibrio importante de derechos y obligaciones en detrimento del consumidor». Por ende, se considera la cláusula del IRPH como abusiva y, en consecuencia, nula. El juez decidió sustituir el índice IRPH por el Euribor, argumentando que un préstamo no puede existir sin un índice de referencia y ordenó, además, la devolución de las cantidades pagadas en exceso.

El fallo resalta la obligación de las entidades bancarias de informar sobre las indicaciones de la Circular del Banco de España sobre transparencia en operaciones y protección al cliente. Se menciona que no es suficiente con simplemente definir el IRPH en el contrato o mencionarlo en el Boletín Oficial del Estado (BOE); es necesario que la entidad proporcione toda la información relevante sobre sus características y posibles consecuencias.

La falta de transparencia en la aplicación del IRPH ha sido objeto de debates en varios juzgados a lo largo del país, donde se han reconocido la nulidad de esta cláusula en localidades como Pamplona, Donostia, Badajoz, Murcia, Oviedo y Tudela, así como en la Audiencia Provincial de Soria.

Con una próxima sentencia del Tribunal Supremo sobre este asunto en el horizonte, desde Arriaga Asociados se muestran optimistas respecto a que se mantenga el criterio que ha prevalecido hasta ahora en la mayoría de los tribunales y que este esté alineado con las recientes decisiones de instancias europeas.