EFF Respaldará el Desafío Constitucional a la Ley de Inteligencia de Ecuador que Amenaza los Derechos Humanos

María MR

A principios de septiembre, la Electronic Frontier Foundation (EFF) presentó un escrito amicus curiae ante la Corte Constitucional de Ecuador en apoyo a un desafío constitucional interpuesto por varias organizaciones no gubernamentales, como INREDH y LaLibre. Este caso busca cuestionar la constitucionalidad de la Ley Orgánica de Inteligencia (LOI) y su reglamento, el Reglamento General de la LOI.

El documento de EFF argumenta que la LOI permite una vigilancia desproporcionada y fomenta una cultura de secretismo que socavan los estándares constitucionales y los derechos humanos interamericanos. La organización solicita a la Corte Constitucional que declare inconstitucional esta ley y su reglamento en su totalidad.

En su escrito, EFF destaca que la LOI presenta un defecto estructural que compromete el cumplimiento de principios fundamentales como la legalidad, finalidad legítima, idoneidad, necesidad y proporcionalidad. La ley, según la EFF, invierte la regla y la excepción, dañando gravemente los derechos consagrados tanto en la Constitución ecuatoriana como en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, critica que prioriza intereses indeterminados del Estado, lo que contradice el objetivo primordial de las actividades de inteligencia: proteger a los individuos y sus libertades.

Uno de los problemas más destacados es la vaguedad de las definiciones en la LOI, que incluye términos como «seguridad nacional» y «amenazas» sin ofrecer claridad, lo que otorga a las agencias de inteligencia una discreción amplia y sin control. Esta falta de especificidad va en contra de los estándares de certeza legal exigidos por la Convención Americana.

Asimismo, la ley establece que la secrecía es la norma, alterando el principio interamericano de máxima divulgación. Esto significa que toda la información generada por el ente rector del Sistema Nacional de Inteligencia es considerada secreta por defecto, dejando los presupuestos de inteligencia sin supervisión pública significativa, lo que dificulta la rendición de cuentas.

Otro aspecto crítico es que la LOI permite a las agencias de inteligencia regularse a sí mismas sin una supervisión externa adecuada. La escasa supervisión civil se lleva a cabo a través de reuniones cerradas ante una comisión parlamentaria sin acceso real a la información. Esto da lugar a un entorno de opacidad donde las operaciones de inteligencia pueden ejecutarse sin transparencia.

Además, la LOI otorga acceso a comunicaciones, bases de datos y datos personales sin necesidad de una orden judicial previa, facilitando la vigilancia masiva y contradiciendo normas establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La EFF también menciona el caso CAJAR vs. Colombia, que estableció criterios estrictos para las actividades de inteligencia, señalando que la LOI ecuatoriana no cumple con dichos estándares.

En resumen, la Ley Orgánica de Inteligencia prioriza conceptos vagos de «interés estatal» sobre la protección de derechos humanos y libertades fundamentales, legalizando la vigilancia indiscriminada y favoreciendo la impunidad de las agencias de inteligencia. Por estas razones, EFF solicita a la Corte Constitucional de Ecuador que invalide la LOI y su reglamento, considerándolos violatorios de la Constitución ecuatoriana y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.