En el contexto de un creciente debate sobre el uso de obras protegidas por derechos de autor en la capacitación de modelos de inteligencia artificial, la Sección 1202 de la Ley de Derechos de Autor del Milenio Digital (DMCA) ha cobrado una relevancia inesperada. Esta disposición, promulgada en 1998, prohíbe la eliminación o modificación intencionada de la información de gestión de derechos de autor, un aspecto diseñado para ayudar a los titulares de derechos a identificar usos indebidos de sus obras.
Recientemente, OpenAI y Microsoft han sido blanco de una demanda interpuesta por un grupo de contribuyentes anónimos de Github. Los demandantes argumentan que los modelos de lenguaje desarrollados por estas empresas generaron nuevos fragmentos de código que se asemejan a sus contribuciones, pero sin la información de gestión de derechos. Sin embargo, la demanda no alega que haya habido una infracción de derechos de autor; en cambio, se fundamenta exclusivamente en la Sección 1202, señalando que la eliminación de la información de derechos persiste en el nuevo código generado, aunque sea diferente al original.
Este caso plantea cuestiones legales complejas y tiene implicaciones que van más allá de la inteligencia artificial generativa. Si los demandantes prevalecen, la Sección 1202 podría interpretarse como un nuevo derecho de atribución que podría extender la responsabilidad incluso a las prácticas consideradas usos justos, como puede ser la creación de nuevas obras que no incluyan la información de gestión. Esta situación ha llevado a una proliferación de litigios y ha fomentado el surgimiento de una industria dedicada a la defensa de derechos de autor, a menudo sin beneficiar la creatividad o la innovación.
No obstante, un reciente análisis legal argumenta que el texto de la Sección 1202 no apoya una interpretación tan amplia. La ley hace referencia a «obras» y «copias de obras», sugiriendo que su alcance se limita a obras existentes y no a nuevas creaciones. Este enfoque parece alinearse con la intención original del legislador, evitando que los titulares de derechos utilicen la omisión de la información de gestión como un medio para penalizar o amenazar los usos legítimos.
La situación es delicada, y a medida que se presentan más casos, la jurisprudencia tendrá que abordar cómo equilibrar los derechos de los creadores con la necesidad de fomentar un entorno de innovación y creatividad. En medio de este debate, se hace evidente que la definición de los derechos de autor y sus respectivas leyes deben adaptarse a los cambios tecnológicos y culturales en constante evolución.





