El Arsenal del Abogado Defensor para Cuestionar el Monitoreo Electrónico

María MR

La monitorización electrónica (EM) se ha posicionado como una alternativa a la encarcelación en los procesos penales, surgiendo en teoría como una solución que promueve la seguridad pública y reduce la población carcelaria. Sin embargo, su implementación ha revelado que puede ser tan punitiva como el encarcelamiento convencional. Utilizada como condición para la libertad condicional, bajo fianza o en la detención civil, la EM plantea serios cuestionamientos sobre derechos individuales, incluida la libertad y la privacidad, tanto de los individuos monitorizados como de sus círculos de interacción.

Los dispositivos utilizados en la EM convierten los hogares en lo que algunos denominan «cárceles digitales». Las restricciones impuestas, que incluyen zonas de exclusión y toques de queda, pueden llevar a arrestos por violaciones técnicas, como una simple baja en la batería del dispositivo o problemas de señal GPS. Este escenario complica el proceso de reintegración social, a menudo cargado de consecuencias psicológicas y de estigmatización, especialmente para sectores vulnerables.

Con la evolución tecnológica, la imagen habitual de dispositivos voluminosos para el tobillo ha dado paso a herramientas más sofisticadas, como relojes inteligentes y aplicaciones móviles. La pandemia de COVID-19 aceleró esta tendencia, lo que llevó a algunos jueces a extender su uso durante la crisis sanitaria, dejando a ciertas jurisdicciones sin acceso a dispositivos de monitorización convencionales.

Ante el aumento del uso de la EM, los abogados defensores han asumido un papel fundamental, diversas estrategias buscan cuestionar la constitucionalidad de estos programas y presentar desafíos individuales respecto a su aplicación en casos de libertad bajo fianza. La Cuarta Enmienda, que protege contra registros e incautaciones irrazonables, se convierte en un argumento central, considerando la invasividad que la EM puede generar en la vida privada de los individuos. Los tribunales, conscientes de la creciente preocupación por la privacidad, han comenzado a considerar el impacto constitucional de estas tecnologías.

Adicionalmente, la falta de audiencias adecuadas antes de la imposición de la EM y la ausencia de evaluaciones individualizadas son puntos de contención que pueden vulnerar los derechos al debido proceso. Las implicaciones económicas son otra dimensión preocupante, dado que las tarifas asociadas con el uso de dispositivos pueden suponer una carga desproporcionada para los individuos de bajos recursos.

Existen leyes estatales que ofrecen mayores protecciones que el marco federal, lo cual otorga a los abogados defensores herramientas para desafiar las condiciones de la EM que podrían violar derechos fundamentales. Sin embargo, el uso irresponsable y poco supervisado de esta tecnología a menudo resulta en incidencias, como alertas falsas por violaciones.

Para abordar de manera efectiva la problemática de la EM, es fundamental que los abogados defensores desarrollen registros detallados que fundamenten su argumentación en instancias judiciales superiores. La transformación del sistema carcelario requiere que los letrados sean proactivos en la defensa de los derechos de sus clientes, subrayando las fallas inherentes a un modelo que se apoya cada vez más en la vigilancia electrónica.