La interacción entre humanos y chatbots ha iniciado un profundo debate sobre la naturaleza de las expresiones generadas por estas tecnologías avanzadas. A medida que las capacidades conversacionales de los chatbots se desarrollan, la tendencia a antropomorfizarlos crece, haciendo que muchas personas los perciban como seres pensantes y expresivos. Sin embargo, esta percepción plantea riesgos significativos, especialmente en el ámbito legal. Jueces encargados de evaluar casos relacionados con chatbots pueden pasar por alto un aspecto crucial: las palabras que emiten son el resultado de decisiones humanas tomadas por desarrolladores y usuarios.
Recientemente, la Electronic Frontier Foundation (EFF) y el Centro para la Democracia y la Tecnología (CDT) presentaron un escrito de amicus curiae en el caso Garcia v. Character Technologies, donde se analizan los derechos de libertad de expresión asociados con las respuestas que generan los chatbots. La preocupación principal es que, si se les niega la protección de la Primera Enmienda a estas expresiones, el gobierno podría censurar chatbots que ofrezcan críticas a la administración o que presenten opiniones divergentes.
El documento enfatiza que las salidas de los chatbots no son simplemente una reflexión automática, sino que están intrínsecamente conectadas a decisiones humanas en múltiples niveles. Por ejemplo, en el contexto del aprendizaje por refuerzo, los desarrolladores pueden instruir a los usuarios para que den retroalimentación positiva a respuestas que se alineen con el consenso científico sobre temas sensibles, como el cambio climático. Así, tanto los inputs de los usuarios como las direcciones proporcionadas por los desarrolladores moldean las interacciones con estos sistemas.
No solo la libertad de expresión es relevante en este contexto, sino también el derecho de los usuarios a recibir información, que está protegido incluso si el hablante no posee un derecho independiente para expresarse. Esto implica que los usuarios tienen derecho a acceder a la información que los chatbots proporcionan, un derecho que podría verse comprometido si se persiste en la idea de que las salidas de estos sistemas carecen de protección.
Mientras que es esencial abordar los posibles daños potenciales de los chatbots mediante una regulación adecuada, tal regulación debe ser cuidadosamente diseñada para no restringir indebidamente el derecho a expresarse o a recibir información a través de estos medios. Se espera que el escrito presentado por la EFF y el CDT sirva como guía para el tribunal en este importante asunto, especialmente ahora que el juez ha decidido no enviar el caso a apelación, al menos por ahora.





